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Billeteras virtuales retendrán Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires desde octubre

A partir de octubre, ARBA aplicará en las billeteras virtuales el mismo esquema de retenciones que ya rige en las cuentas bancarias. El contador Sebastián Edelmann explicó a quiénes alcanzará y por qué la diferencia entre monotributo unificado y común será clave.

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Desde el 1° de octubre de 2025, todas las billeteras virtuales autorizadas por el Banco Central —incluidas Mercado Pago, Ualá, BNA+ y las aplicaciones de los bancos— comenzarán a actuar como agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires. La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca equiparar el tratamiento fiscal de las cuentas digitales con el de los bancos.

La normativa establece que las retenciones se aplicarán sobre los montos acreditados en cuentas de pago, ya sea en pesos o moneda extranjera (excepto dólares), con alícuotas que irán del 0,10 % al 5 % según la situación fiscal de cada contribuyente. Están exceptuados los sueldos, jubilaciones, pensiones, planes sociales, intereses de plazos fijos, rescates de fondos de inversión, préstamos otorgados por billeteras y transferencias entre cuentas propias.

Consultado sobre el alcance real de la medida, el contador Sebastián Edelmann aclaró: “Aquellos sujetos que están alcanzados por estas retenciones son los que ya se encuentran inscriptos como contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos.” Esto incluye tanto a quienes tributan de manera local en la provincia de Buenos Aires como a los que están bajo el Convenio Multilateral, cuando operan en más de una jurisdicción.

La diferencia entre monotributo unificado y común

Uno de los puntos centrales está en los monotributistas. Edelmann explicó que no todos serán alcanzados por igual:

  • “Si alguien está en el régimen de Monotributo Unificado no va a estar alcanzado, porque ya paga Ingresos Brutos dentro de la cuota mensual.”

  • En cambio, “los que tributan Ingresos Brutos por fuera del monotributo sí estarán sujetos a las retenciones en bancos y billeteras.”

El contador destacó que al momento de inscribirse, el sistema permite elegir si adherir o no al régimen unificado. “No es automático, es una decisión del contribuyente al momento de la inscripción”, subrayó.

El impacto en los pagos cotidianos

Edelmann también despejó una de las dudas más frecuentes: “Las retenciones se practican en la acreditación de los fondos, es decir, al que recibe el dinero, no al que transfiere.” Esto significa que los consumidores que pagan con billeteras virtuales no tendrán descuentos adicionales sobre sus compras.

Sin embargo, quienes reciben pagos deben prestar atención. Si están inscriptos en Ingresos Brutos y no forman parte del régimen unificado, cualquier transferencia o acreditación —aunque sea de amigos o familiares— puede quedar alcanzada. “Si no sos contribuyente del impuesto, no te van a practicar ninguna retención. La gente que le transfiere plata a un hijo, a un amigo o paga un consumo no tiene que preocuparse”, aclaró.

Otro aspecto a considerar es que las alícuotas no son fijas: ARBA actualiza mes a mes un padrón que clasifica a los contribuyentes según su situación fiscal. “Si alguien acumula saldos a favor o tiene incumplimientos, la alícuota puede variar. Por eso algunos pagan el 0,10 % y otros llegan al 5 %”, explicó.

Comercios y posibles recargos

Edelmann advirtió que, aunque la retención es un anticipo del impuesto que luego se descuenta en la declaración jurada, algunos comercios podrían intentar trasladar ese costo al cliente. “Es probable que algunos digan: si me transferís a billetera te tengo que cobrar un recargo. No debería ser así, pero puede pasar”, señaló.

Finalmente, recordó que hasta ahora muchas operaciones se derivaban a billeteras virtuales para evitar las retenciones que sí regían en las cuentas bancarias. “Desde octubre quedarán alcanzados tanto bancos como billeteras virtuales”, destacó.

Con este cambio, ARBA busca cerrar la brecha entre distintos medios de pago y garantizar un sistema de recaudación uniforme, sin crear un impuesto nuevo, sino extendiendo a las billeteras digitales un mecanismo que ya estaba vigente en el sistema bancario.

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