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Cómo funciona el registro de padres deudores en la Provincia

La abogada Josefina Gutiérrez explicó el alcance de la nueva norma que crea el registro de padres deudores, destinado a quienes incumplen con el pago de la cuota alimentaria

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En “La Primera Mañana”, programa emitido por FM 102.9 a través de www.radionoba.com.ar, fue entrevistada la Dra. Josefina Gutiérrez, abogada de familia del Estudio Jurídico PyG, en relación con la reciente promulgación de la Ley del Registro de Padres Deudores en la provincia de Buenos Aires.

La letrada explicó que “el registro es una herramienta que se creó hace algunos años para reforzar el cumplimiento de la cuota alimentaria. Si bien ayer se promulgó la ley que lo modifica para dotarlo de mayor obligatoriedad, lo más relevante fue la modificación del proceso de alimentos que se concretó entre fines del año pasado y principios de este”.

Gutiérrez detalló que “un informe elaborado en la provincia sobre casos de incumplimiento arrojó cifras alarmantes respecto a la cantidad de juicios y madres que no recibían el aporte de la cuota alimentaria”. Y agregó: “En ese informe realizado por el Ministerio de las Mujeres de la Provincia se indicó que, de cada 10 mujeres, 7 no percibían el aporte correspondiente. Y entre quienes sí lo recibían, las sumas resultaban insuficientes. Esa situación se repite con frecuencia”.

Según precisó, muchas madres separadas que se hacen cargo del cuidado de sus hijos reciben cuotas “que no se condicen con los gastos reales o el costo de vida de los menores”.

Por otra parte, señaló que “hace un tiempo contamos con la Canasta de Crianza. Allí, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) establece cuál es el costo de crianza y el costo de cuidado. Históricamente, la Justicia se basaba en el salario del alimentante para fijar porcentajes, pero estas nuevas normativas proponen evaluar cada caso en particular, considerando el costo de vida real. Hoy este índice de crianza nos ofrece una referencia más precisa de los gastos y los segmenta por edades”.

La abogada profundizó sobre el tema: “Este índice se publica mensualmente, lo emite el INDEC, y se divide en dos componentes: el costo de vida (alimentación, vestimenta, educación) y el costo de cuidado. Este último contempla todo lo que implica que el niño esté a cargo exclusivo de un progenitor: traslados, acompañamiento escolar, actividades, entre otros”.

A diferencia del antiguo Código Civil, “este índice de crianza reconoce el valor económico de las tareas de cuidado realizadas por el progenitor que tiene a cargo exclusivo al menor, y establece que deben ser compensadas”.

Con respecto a la reciente promulgación del Registro de Padres Deudores, Gutiérrez subrayó: “A partir de ahora, con un solo incumplimiento, el juzgado tiene la obligación de inscribir al deudor. Este certificado será requerido en distintas situaciones: por ejemplo, para solicitar un crédito bancario o postularse a un cargo electivo. En caso de estar inscrito como deudor, se otorgará un plazo para regularizar la deuda antes de poder continuar con el trámite”.

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