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El Gobierno eliminó el pago a SADAIC por pasar música en fiestas privadas y hoteles

A través de un decreto, se modificó la definición de "ejecución pública" en la Ley de Propiedad Intelectual por lo que hoteles, bares y salones de fiestas no deberán abonar porcentaje por los derechos de autor

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El Gobierno nacional anunció este miércoles una modificación clave en la Ley de Propiedad Intelectual (Ley 11.723), eliminando la obligación de pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) por la reproducción o ejecución de música en eventos privados.

El cambio fue introducido mediante el decreto 765/2024, publicado en el Boletín Oficial, que reemplaza el artículo 33 de la ley original.

El nuevo decreto redefine “ejecución pública” como aquella que se realiza en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas.

De esta manera, eventos que se desarrollen en un ámbito privado, ya sea de ocupación permanente o temporal, no serán considerados ejecuciones públicas y, por lo tanto, estarán exentos del pago a SADAIC.

Esta modificación representa un cambio significativo para la organización de eventos privados. Hasta ahora, era necesario pagar un canon a SADAIC por la reproducción de obras musicales en este tipo de encuentros. Con la nueva legislación, dicha obligación desaparece para eventos en entornos privados, lo que simplifica la planificación y reduce costos.

Nuevas reglas para la reproducción y transmisión de obras

El decreto también introduce cambios en lo que respecta a la autorización previa de los autores para la reproducción o transmisión de sus obras. Establece que cualquier persona que obtenga un beneficio económico, directo o indirecto, de la ejecución pública de una obra deberá compensar a los titulares de los derechos.

Esta compensación se aplicará a quienes utilicen obras en actividades comerciales, como bares, restaurantes, gimnasios y otros establecimientos similares. Sin embargo, la ley exime de este requisito a las obras utilizadas con fines didácticos en instituciones educativas o durante conmemoraciones patrióticas en instituciones oficiales.

Actualización de la ley para la era digital

La Ley de Propiedad Intelectual, sancionada en 1933 y reglamentada en 1934, ha sido una herramienta fundamental para proteger los derechos de autor en Argentina.

Con esta nueva modificación, el Gobierno busca adaptar la legislación a las realidades actuales, considerando las tecnologías y medios digitales que hoy predominan en la reproducción y transmisión de obras artísticas y culturales.

El decreto redefine el concepto de “ejecución pública” para alinearlo con los tiempos que corren, garantizando que los derechos de los autores sean respetados en un entorno cada vez más digitalizado, pero también flexibilizando las obligaciones para eventos privados

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