
La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario resolvió que un exmilitar y dos civiles deberán prestar declaración indagatoria en la causa que investiga la muerte del obispo de San Nicolás, Carlos Horacio Ponce de León, ocurrida el 11 de julio de 1977 en la ruta nacional 9, así como el intento de homicidio de su colaborador, Víctor Oscar Martínez.
El fallo, emitido el 27 de agosto, hizo lugar al recurso presentado por el fiscal federal de San Nicolás, Matías Di Lello, quien sostiene la hipótesis de que el hecho fue un atentado y no un accidente de tránsito, como se consideró en el expediente original. Con esta decisión, quedó anulada la resolución del entonces juez federal Marcelo Bailaque, que había rechazado los llamados a indagatoria.
La medida fue adoptada por la sala B de la Cámara, integrada por Aníbal Pineda y Élida Vidal, cuyo voto lideró el acuerdo. En consecuencia, el actual juez de la causa, Carlos Vera Barros, deberá convocar a indagatoria al exjefe de la Sección San Nicolás del Destacamento de Inteligencia 101, Omar Andrada, y a los civiles Luis Antonio Martínez y Sergio Carlos Bottini, imputados por homicidio agravado en perjuicio de Ponce de León y por tentativa de homicidio contra Martínez.
El caso fue juzgado en 1978 como un siniestro vial, cuando el Renault 4S conducido por el obispo colisionó con una camioneta Ford F-100 a la altura del kilómetro 212. El prelado murió en el impacto y su acompañante resultó herido de gravedad. Sin embargo, en 2023 aquella sentencia fue anulada luego de que la fiscalía acreditara que se trató de un atentado planificado, tras denunciar el obispo en el Vaticano violaciones a los derechos humanos cometidas en Argentina.
En su voto, la jueza Vidal expresó que existen sospechas fundadas de que Bottini y Martínez tuvieron dominio material de los hechos, y que la colisión fue un atentado ejecutado por las autoridades militares y no un accidente fortuito.
El tribunal también destacó que el obispo había sido objeto de seguimientos, amenazas y presiones para abandonar la diócesis, ya que era visto como un opositor por el Destacamento de Inteligencia 101. Documentos militares lo señalaban como “el respaldo más importante que tenía el Movimiento de Sacerdotes del Tercer Mundo”.
La investigación, reabierta en 2005, incorporó un peritaje del ingeniero Jorge Geretto, que concluyó que la camioneta estaba detenida y atravesada en la ruta al momento del choque, y que no tenía ocupantes, ya que de lo contrario habrían sufrido lesiones similares o mayores a las de las víctimas.
El fallo también desestimó la versión de un colectivo que circulaba delante de la camioneta, mencionada como coartada por Martínez, y observó contradicciones entre el informe médico policial de 1977 —que habló de fractura y hundimiento de cráneo— y el examen antropológico forense de 2009, que concluyó que el cráneo del obispo estaba indemne.
Además, el tribunal puso en duda la legitimidad de la firma Agropolo SA, señalada como propietaria de la camioneta, ya que no existen registros que acrediten su existencia real ni documentación sobre su actividad comercial.
Con estos elementos, la Cámara concluyó que hay pruebas suficientes para citar a indagatoria a los tres acusados y sostuvo que la muerte de Ponce de León debe investigarse como un homicidio premeditado en el marco de la represión de la última dictadura militar.