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Pagadiós incompleto: la Corte Suprema de Santa Fe rechazó un recurso extraordinario de Vicentin para ir a la Corte nacional

El máximo tribunal de la provincia remarcó que la cerealera en default no expresó ninguna razón consistente para pedir una medida de excepción, que además no acciona sobre una sentencia definitiva. En cambio, deslizó que la exposición que hizo la firma de su número de trabajadores y de acreedores “se limita a simplemente poner de relieve la magnitud de la empresa”

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Este martes la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario federal que había presentado Vicentin para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la homologación del concurso de acreedores que presentó. Al rechazarse el recurso, quedó firme un fallo anterior del máximo tribunal provincial que dispone que se debe dictar nueva sentencia sobre el concurso de acreedores de la cereralera en default. Y todo parece indicar que es un paso más hacia uno de los posibles finales del complejo caso, que es el de habilitar un salvataje –cram down

La resolución, firmada por los ministros Roberto Falistocco, Daniel Erbetta, Rafael Gutiérrez y Eduardo Spuler, argumenta que el recurso extraordinario “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable” y por lo tanto no corresponde.

“Resultan insuficientes los fundamentos expresados con el fin de evidenciar el interés institucional, en virtud de que la recurrente se limita a simplemente poner de relieve la magnitud de la empresa”, dice la denegatoria, agregando que los representantes legales de Vicentin abundaron en que la cerealera “tiene cerca de 1.200 empleados y genera otros miles de empleos indirectos”, y que “1.692 acreedores estarían sin cobrar como consecuencia de la paralización del expediente”.

La ecuación planteada es uno de los principales argumentos del directorio de la empresa –que resultó desplazado en la misma fecha por el juez en lo Civil y Comercial de Reconquista Fabián Lorenzini, quien dispuso la intervención de la firma por 120 días– para insistir en su plan de sanieamiento. Pero otros accreedores que accionaron judicialmente, tanto en lo comercial como en la Justicia penal, contra la firma de Avellaneda sostienen que habilitar el plan presentado es permitirle completar una descomunal maniobra devaciamiento.

La máxima instancia judicial de Santa Fe, sin expedirse sobre el fondo de la cuestión, advierte que no se puede habilitar la salida propuesta por “la mera mención de la cantidad de actores involucrados y la posición en el mercado que posee la empresa”, como argumento “para tener por acreditada la causal de excepción”.

«No logra con sus fundamentos abstraerse de la regla establecida por la Corte nacional respecto a que la repercusión patrimonial de un asunto no basta para configurar gravedad institucional que autorice la apertura de la instancia excepcional”, abunda.

“La recurrente con sus alegaciones no demuestra que la intervención del cimero Tribunal nacional tenga otro alcance que el de remediar, eventualmente, los intereses de su parte, ni que lo decidido comprometa principios fundamentales de orden social vinculados con instituciones básicas del derecho o afecte de modo generalizado la administración de justicia o la buena marcha de las instituciones, entre diversos alcances que la Corte nacional ha dado a la pauta valorativa”, completa la Corte Suprema santafesina.

“A ello, se suma el hecho de que al tratarse de un concurso preventivo seguido con una empresa en marcha, resulta evidente que los intereses involucrados, en mayor o

menor medida, se hallen en cabeza de múltiples sujetos, lo cual –en el caso– no resulta suficiente per separa tener sin más por configurada la causal de excepción articulada”, subraya el fallo.

De esta manera, quedó ratificado el fallo del pasado 18 de febrero, en el que el máximo tribunal de la provincia anuló la sentencia que homologaba el acuerdo de Vicentin con una parte de sus acreedores –el principal es el Banco Nación y no había admitido el plan– y ordenó que otro tribunal subrogante dicte una nueva sentencia.

Fuente: Con información de El Ciudadano

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