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Salió el calendario de feriados de 2025: cuántos fines de semana largos habrá y cuándo

El Gobierno oficializó el calendario los días feriados. Habrá 19 días festivos, algunos considerados como “no laborables”. Cuáles son los feriados inamovibles

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El Gobierno Nacional oficializó a través del Decreto N° 1027/2024 el calendario completo de feriados del año 2025. Con un total de 19 días festivos, el calendario en Argentina ofrece múltiples posibilidades para planificar escapadas y disfrutar del tiempo libre. También estableció tres jornadas no laborables “con fines turísticos”.

Días no laborables con fines turísticos

  • Mayo: 2 de mayo.
  • Agosto: 15 de agosto.
  • Noviembre: 21 de noviembre.

La decisión de otorgar o no los días no laborables queda a discreción de cada empleador. En caso de trabajar durante estas jornadas, no se abona un pago adicional como en los feriados nacionales.

Fines de semana largos

  • 1 al 4 de marzo: Carnaval.
  • 18 al 20 de abril: Semana Santa
  • 1 al 4 de mayo: Día del Trabajador y día no laborable.
  • 15 al 17 de agosto: Día no laborable y Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
  • 21 al 24 de noviembre: Día no laborable y Día de la Soberanía Nacional.
  • 6 al 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.

El objetivo de estos feriados y días no laborables es impulsar el turismo interno y la economía del país. Las fechas elegidas buscan desestacionalizar la actividad turística y distribuirla de manera equitativa a lo largo del año.

¿Cuál es la diferencia entre feriado puente y día no laborable?

La principal diferencia entre un feriado puente y un día no laborable radica en su obligatoriedad y en las condiciones laborales que aplican:

Un feriado puente es un feriado nacional obligatorio que se establece para extender un fin de semana largo con el objetivo de fomentar el turismo interno. En estos días, rigen las normas legales de descanso dominical, y los trabajadores que deban cumplir funciones tienen derecho a recibir un pago extra equivalente al doble de su jornada habitual, según lo estipula la Ley de Contrato de Trabajo.

Un día no laborable, en cambio, no es obligatorio. Su implementación queda a discreción del empleador, quien puede decidir si otorga o no la jornada libre a sus empleados. Además, si un trabajador presta servicios en un día no laborable, no tiene derecho a percibir el pago adicional que corresponde a un feriado.

Esta distinción tiene implicaciones tanto para los empleados como para las empresas, ya que afecta la remuneración y las condiciones de trabajo en esas fechas.

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