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Tasas bajo fuego: la jueza Fulgheri desmiente al Municipio ante la demanda de Luciano S.A

Tras la noticia publicada en medios locales respecto al tributo municipal que abona la firma constructora en un terreno de zona norte, la titular en lo Contencioso Administrativo se dirigió a la opinión pública para esclarecer el proceso.

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Durante la última semana un lote ubicado sobre Av. Illia en la zona norte de San Nicolás estuvo en el foco de las discusiones públicas. Sucede que, medios de corriente oficialista se refirieron sobre la tasa que abona Luciano S.A por el predio de 370.000 m2 y apuntaron directamente contra el Poder Judicial.

Según las versiones vertidas en primera instancia la jueza en lo Contencioso Administrativo, María Isabel Fulgheri, habría sido la responsable de autorizar el pago de $47.000 en concepto de tasa de Red Vial por considerarse la parcela de 37 hectáreas un terreno baldío.

Ante la publicación del artículo, el titular generó un sinfín de críticas hacia la firma nicoleña abocada a la construcción y el Tribunal por el citado monto, más aún teniendo en cuenta que los supuestos cálculos difundidos hablaban de una suma que debería rondar los $2.000.000.

Debido a lo acontecido, desde el Departamento Judicial San Nicolás se expresaron sobre la información publicada y detallaron el proceso llevado a cabo, además de las facultades del Municipalidad dentro del mismo. Vale destacar que según lo estipulado por el oficialismo, esa área estaría calificada como Reserva de Interés Urbano en rigor de lo que se plantea en el Código Urbano Ambiental, puesto que tendría la totalidad de los servicios y está rodeado de barrios consolidados de la ciudad.

Aclaración judicial

La jueza Fulgheri autorizó a Luciano S.A a pagar una tasa de Desarrollo Urbano de $47,000 por un terreno de 37 hectáreas”, así se anunció la noticia.

Producto de la mencionada aseveración, la magistrada se refirió a través de una carta para dirigirse a la opinión pública local y transparentar su tarea.

Procede publicitar que al inmueble gravado le corresponde legalmente -hasta esta oportunidad- pagar red vial y no tasa de desarrollo urbano.- El municipio apeló y la Cámara le rechazo su recurso.- La comuna consintió, liquidó la tasa de red vial y la obligada abono.- Todo ello, en el año 2023 en el expediente N° 4429/2022 en estado público en la web oficial de la Suprema Corte.- En el año 2024, ante nuevos vencimientos se amplió la controversia, sin que la municipalidad alegara ningún hecho nuevo ni diferente normativa.- El juzgado ratificó su postura anterior.- En ambas decisiones no nos expedimos por monto alguno a tributar-.”, sostiene el escrito que lleva la firma de la Jueza y sus secretarios, dirigido hacia el medio en cuestión.

De esta manera, solo falta la expresión pública por parte del Poder Ejecutivo nicoleño, que según lo enunciado desde Tribunales no tiene presentaciones realizadas que lleven a modificar el actual estado impositivo del lote a pesar de los reclamos. Mientras tanto, cientos de vecinos esperan con un mínimo de esperanza solucionar procesos de esta índole para intentar hacerle frente a tasas cada vez más caras.

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