
La sentencia que absolvió a Maximiliano Cabaleyro y a seis trabajadores vinculados con el Sindicato de Camioneros sumó un nuevo capítulo fuera de los tribunales. El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires expresó su preocupación ante la posibilidad de que los procedimientos de enjuiciamiento de jueces sean utilizados como herramientas de presión frente a decisiones judiciales cuestionadas.
El pronunciamiento se produjo después de que el diputado provincial Manuel Passaglia impulsara un pedido de juicio político contra Alejandro López, magistrado del Tribunal Oral en lo Criminal N.° 2 de San Nicolás, responsable de la sentencia absolutoria en la causa relacionada con el conflicto entre Camioneros y Rey Distribución, de San Pedro.
La iniciativa del legislador apunta a que se examine la actuación del juez y se determine si existieron irregularidades o deficiencias graves en los fundamentos utilizados para resolver el caso.
Passaglia cuestionó especialmente la interpretación judicial sobre el alcance del derecho de huelga y su relación con otros derechos, entre ellos el de propiedad y el normal desarrollo de la actividad empresarial.
Frente a ese planteo, el Colegio de Magistrados puso el acento en la necesidad de preservar la independencia de quienes ejercen funciones judiciales. La entidad advirtió sobre los riesgos institucionales que representa recurrir a mecanismos de remoción como respuesta a resoluciones con las que determinados sectores políticos o sociales mantienen diferencias.
La discusión plantea una distinción central dentro del funcionamiento del sistema judicial: una sentencia puede ser cuestionada y recurrida mediante los procedimientos previstos por la ley, mientras que el enjuiciamiento de un magistrado requiere examinar su conducta funcional y la eventual existencia de causales de mal desempeño.
El conflicto tiene como antecedente inmediato la absolución de Cabaleyro y los otros seis acusados, quienes habían llegado a juicio por imputaciones relacionadas con extorsión, coacción y turbación de la posesión, derivadas de las protestas sindicales desarrolladas frente a la distribuidora.
Después de varias jornadas de audiencias, declaraciones testimoniales y presentación de pruebas, López dictó una resolución absolutoria cuyos fundamentos quedaron desarrollados en una sentencia de 220 páginas.
La decisión cerró la instancia del juicio oral sin condenas, aunque permanece abierta la posibilidad de que las partes acusadoras utilicen las vías recursivas correspondientes.
El pedido impulsado por Passaglia transita un camino institucional diferente. Su eventual tratamiento deberá determinar si existen elementos que justifiquen avanzar sobre la conducta del magistrado, independientemente de las discrepancias que pueda generar el contenido del fallo.
De esta manera, la controversia dejó de concentrarse exclusivamente en las responsabilidades penales investigadas durante el conflicto gremial y pasó a involucrar los límites entre el control institucional de los jueces, el derecho a cuestionar sus resoluciones y las garantías de independencia judicial.
Mientras se define el recorrido del planteo contra López, la sentencia absolutoria continúa siendo la resolución dictada en el proceso, sujeta a las instancias de revisión que correspondan.


