Economía

ANSES Prestación por Desempleo: quiénes pueden cobrarla y cuántos aportes necesitan

ANSES otorga la Prestación por Desempleo a trabajadores registrados despedidos, sin causa justa o con fin de contrato. Conocé las cuotas según aportes, la documentación exigida y el trámite en Atención Virtual.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene plenamente operativo el régimen de la Prestación por Desempleo, un auxilio económico mensual temporal destinado a empleados bajo relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo que hayan cesado en su actividad por causas ajenas a su voluntad, tales como despidos sin causa justa, quiebras patronales o vencimiento de plazos contractuales.

El beneficio de ANSES, que se liquida en un esquema escalonado de entre dos y doce mensualidades, con extensiones especiales para mayores de 45 años, garantiza no solo la cobertura médica y el cómputo previsional durante el período de inactividad, sino también la compatibilidad directa con asignaciones familiares, gestionándose de manera ágil a través de la plataforma web oficial sin intermediarios.

Quiénes pueden solicitar la Prestación por Desempleo en ANSES y qué aportes se exigen


Para acceder al cobro mensual, el marco regulatorio establece pautas diferenciadas según la modalidad del contrato laboral que se extinguió:

  • Trabajadores permanentes del sector privado: deben acreditar al menos seis meses de aportes continuos o discontinuos en el sistema previsional dentro de los tres años anteriores a la fecha del despido o desvinculación laboral.
  • Trabajadores eventuales o de temporada: se requiere haber desempeñado tareas por menos de 12 meses en el lapso de los últimos tres años, reuniendo más de 90 días con aportes computables en los 12 meses previos a la finalización de la relación de trabajo.
  • Duración y cantidad de cuotas: ANSES abona la prestación en un rango que va de dos a doce cuotas mensuales, cuya extensión final se calcula en base a la densidad de aportes acumulados durante los últimos 36 meses de actividad formal.
  • Prórroga por edad: aquellas personas que tengan 45 años o más al momento de quedar desempleadas acceden a una extensión automática de hasta seis meses adicionales de cobertura económica.
  • Apertura de cuenta bancaria gratuita: el organismo gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social a nombre del titular en una entidad bancaria, entregando una tarjeta de débito sin comisiones de mantenimiento para extracciones y compras, o bien acreditando los fondos en la cuenta donde ya perciba otros haberes.
  • Compatibilidad con asignaciones sociales: el cobro del fondo resulta compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), la asignación prenatal, asignaciones de pago único por nacimiento, matrimonio o adopción, y la Ayuda Escolar Anual.

Documentación obligatoria y cómo hacer el trámite en la Atención Virtual de ANSES


La solicitud debe presentarse dentro del plazo legal de 90 días hábiles posteriores a la fecha de despido; en caso de hacerlo con posterioridad, cada jornada de demora se descuenta del total de cuotas asignadas:

  • Despido sin causa justa: presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) original y copia, junto con el telegrama colacionado de despido, carta documento original o notificación formal emitida por la empresa con firma y certificación notarial.
  • Quiebra o concurso preventivo de la empresa: adjuntar copia certificada del auto de quiebra librado por el juzgado interviniente, constancia emitida por el síndico judicial que certifique el cese de tareas, o telegrama patronal invocando la liquidación mercantil.
  • Fin de contrato a plazo fijo: exhibir copia íntegra del contrato de trabajo suscripto donde conste la fecha de vencimiento pactada, acompañada de la notificación de no renovación.
  • Cese por fuerza mayor o fallecimiento del empleador: presentar telegramas cursados por las partes o copia certificada del acta de defunción en caso de empleadores unipersonales.
  • Aptitud médica post accidente: si el cese sobrevino tras una enfermedad o accidente laboral, se debe acompañar el certificado de alta o aptitud médica que determine la posibilidad de reinsertarse en tareas acordes.
  • Gestión digital en la web: el trámite puede realizarse íntegramente ingresando a anses.gob.ar en la sección Atención Virtual con el número de CUIL y Clave de la Seguridad Social, cargando fotos legibles de los legajos, o bien solicitando un turno para ser atendido en las Unidades de Atención Integral (UDAI).
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