
A tan solo diez días de su aprobación en el Senado, el Gobierno nacional promulgó este lunes el nuevo régimen penal juvenil que establece la responsabilidad penal desde los 14 años y fija un sistema de sanciones específico para quienes cometan delitos antes de cumplir los 18.
Claves del Régimen Penal Juvenil
Imputabilidad desde los 14 años: la normativa establece que los adolescentes serán penalmente responsables a partir de esa edad cuando estén acusados de delitos contemplados en el Código Penal o en leyes penales especiales.
Derogación del régimen vigente desde 1980: la ley elimina la normativa 22.278, que regulaba la responsabilidad penal de menores desde la última dictadura militar, y crea un sistema actualizado de justicia juvenil.
Enfoque en educación y reinserción social: el nuevo esquema establece que las sanciones deben orientarse a la formación del adolescente, a la comprensión del delito cometido y a reducir el riesgo de reincidencia.
Sanciones alternativas: la ley contempla medidas no privativas de libertad como servicios comunitarios, programas educativos, capacitación laboral, tratamientos médicos o psicológicos, monitoreo electrónico, prohibición de acercamiento a la víctima y restricciones para asistir a determinados lugares.
Prisión como última instancia: la privación de la libertad se establece como una medida excepcional y podrá cumplirse en el domicilio del adolescente, en institutos abiertos o en centros especializados.
Prohibición de prisión perpetua: el régimen establece que los menores no podrán recibir penas de prisión perpetua o reclusión perpetua y fija un máximo de 15 años de privación de libertad.
Suspensión del proceso a prueba: en delitos de menor gravedad, los jueces podrán aplicar la probation, que permite suspender el proceso si el joven cumple determinadas condiciones, como reparar el daño o realizar tareas comunitarias.
Fuente: Con información de DIB



