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La Corte le dijo “no” al municipio y el Ecoparque seguirá con restricciones: no habrá playas

Rechazaron habilitar el predio; advierten que el uso intensivo podría agravar daños ambientales

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La Suprema Corte de Justicia bonaerense volvió a poner un freno al pedido del Municipio de San Nicolás y resolvió que el Parque “Rafael de Aguiar” continúe bajo restricciones, al considerar que todavía existen riesgos ambientales que no fueron resueltos.

La decisión fue tomada por mayoría de los jueces Sergio Torres, Hilda Kogan, Mario Kohan y María Florencia Budiño, quienes entendieron que no hubo cambios suficientes desde 2022 —cuando se dictó la cautelar— como para habilitar el uso pleno del predio, incluidos los caminos que conducen a las playas.

Desde el Ejecutivo local, encabezado por el intendente Santiago Passaglia, habían solicitado levantar provisoriamente la medida. El principal argumento fue la aprobación de un Plan de Manejo y Conservación por parte del Ministerio de Ambiente bonaerense, que, según indicaron, incorpora “medidas técnicas, controles y acciones de restauración” para ordenar el uso del lugar.

Además, remarcaron que mantener cerrado el acceso afecta a la comunidad, sobre todo en verano, cuando el espacio suele ser uno de los puntos más concurridos.

Del otro lado, la ONG Foro Medio Ambiental (FOMEA) rechazó el planteo y lo calificó como “insuficiente, regresivo e ilegítimo”. Desde la organización sostuvieron que el plan no repara los daños ya generados —como desmontes y afectación de humedales— y que permitir actividades en estas condiciones podría consolidar un deterioro difícil de revertir.

La Corte, al analizar el caso, se apoyó en el llamado principio precautorio, que implica actuar con máxima cautela frente a posibles daños graves, incluso cuando no hay certeza científica total. Para la mayoría, el plan oficial es un avance, pero no alcanza para garantizar que no se produzcan nuevos impactos.

La única voz en disidencia fue la del juez Daniel Soria, quien propuso una alternativa intermedia: permitir el ingreso de manera controlada. A su entender, el ecoparque no es un área intocable y podría compatibilizarse su uso recreativo con el cuidado ambiental, siempre que se apliquen medidas estrictas como cupos de visitantes, controles y limitación de vehículos.

Sin embargo, esa postura no prosperó y la cautelar seguirá vigente.

El punto más discutido fue el uso en verano. El municipio buscaba habilitar playas y accesos regulados, pero la Corte entendió que el aumento de visitantes en esa época podría agravar los problemas existentes, especialmente en sectores sensibles como humedales e islas.

Así, el rebautizado Ecoparque continuará sin apertura total durante la temporada estival: no habrá ingreso masivo ni habilitación plena de espacios recreativos. La prioridad, según el fallo, sigue siendo evitar daños mayores.

De todos modos, el tribunal dejó una puerta abierta: si en el futuro se demuestran condiciones más sólidas que reduzcan los riesgos, la situación podría volver a evaluarse.

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