
La convivencia urbana en San Nicolás enfrenta un foco de tensión creciente debido al incumplimiento sistemático de las normas de estacionamiento. Durante las últimas semanas, residentes de diversos barrios han manifestado su agotamiento ante la recurrente obstrucción de garajes y rampas de accesibilidad. El fenómeno, que afecta tanto a calles céntricas como periféricas, ha derivado en una serie de reclamos que van desde el uso de denuncias digitales hasta la colocación de cartelería con advertencias de daños materiales ante la ineficacia de las señales oficiales.
Testimonios: entre la burocracia y la desesperación
Los damnificados señalan que la presencia de carteles reglamentarios de “Prohibido Estacionar” no resulta suficiente para disuadir a los infractores. Según los reportes vecinales recabados por COSA CIERTA, algunos propietarios han optado por registrar las infracciones mediante el canal de WhatsApp de la Municipalidad para gestionar las multas por obstrucción. Sin embargo, los usuarios señalan una falta de novedades o respuestas efectivas tras el envío de las pruebas fotográficas.
En otros sectores, el malestar ha escalado hacia métodos de advertencia más directos. “Prohibido estacionar o encontrará sus cuatro ruedas en llanta” es una de las leyendas que algunos vecinos han decidido colocar en sus portones tras sufrir el bloqueo constante de autos y motocicletas. Según los testimonios, solo este tipo de avisos —que sugieren daños en los neumáticos— han logrado frenar las infracciones en puntos donde la cartelería convencional falló.
¿Qué dice la normativa vigente?
Ante la consulta recurrente sobre el marco legal, la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 —a la cual adhiere la provincia de Buenos Aires y el Municipio— establece lineamientos estrictos:
• Bloqueo de accesos: el artículo 49 prohíbe el estacionamiento frente a las entradas de garajes y en las esquinas, en la zona comprendida entre la transversal y la línea imaginaria de prolongación de la ochava.
• Prioridad de rampas: la obstrucción de rampas para personas con discapacidad es considerada una falta grave, ya que impide la libre circulación y vulnera derechos básicos de accesibilidad.
• Remoción de vehículos: el Municipio cuenta con la potestad de remover con grúa cualquier unidad que bloquee un ingreso activo o una rampa, además de aplicar la sanción económica correspondiente.
La comunidad permanece a la espera de una mayor presencia de control urbano y de una agilización en el sistema de multas digitales para desincentivar estas conductas que afectan la movilidad cotidiana de los frentistas.



