
La Cámara Federal de San Martín confirmó el procesamiento con prisión preventiva de los seis integrantes de la organización criminal acusada de extorsionar a Rodrigo Gómez, el soldado de 21 años que se quitó la vida en la Residencia Presidencial de Olivos a mediados de diciembre pasado.
El tribunal rechazó las apelaciones de las defensas y ratificó las acusaciones por asociación ilícita, extorsión reiterada e instigación al suicidio, por el caso del joven militar que apareció muerto cuando estaba de guardia.
La investigación penal determinó que la banda captó al oficial de custodia mediante un perfil falso en la aplicación de citas Evermatch para llevar adelante la extorsión del joven soldado mediante engaños.
Primero, hubo un engaño inicial en el que crearon la identidad falsa de una joven para intercambiar mensajes y generar confianza. Posteriormente, simularon ser la madre de una menor de edad que amenazaba con denunciarlo por un supuesto caso de abuso.
Uno de los acusados usurpó el nombre de un policía real de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para llamarlo y exigirle transferencias de dinero urgentes bajo la promesa de “frenar la causa judicial”.
Desesperado por el hostigamiento psicológico y las deudas generadas para cumplir con las exigencias económicas, Gómez se suicidó con su arma reglamentaria en su puesto de guardia en Olivos.
En su carta de despedida dejó anotaciones de los montos y referencias a los supuestos policías que lo estafaban. La justicia ratificó que las constantes llamadas del grupo afectaron gravemente el servicio del soldado en la residencia presidencial.
De acuerdo con la resolución judicial difundida, el entramado delictivo operaba de la siguiente manera:
- Jefes de la banda: Tomás Matías Francavilla y Mauricio José Duarte Areco, ambos de 22 años, dirigían las operaciones desde el interior de la Unidad N° 36 de Magdalena.
- Nexo carcelario: Kevin Manuel Sandoval operaba desde la Unidad N° 26 de Olmos. Su rol consistía en realizar llamadas aprovechando su tono de voz.
- Logística externa: Karen Yael Cufré (quien trabajaba en el centro de monitoreo de la Municipalidad de Morón) e Iara Ayelén Cosentino colaboraban con la trama de engaños a las víctimas y coordinaban los movimientos de la banda fuera de los penales.
- Recaudación: Camila Alejandra Moscato y Erica Yamila Torres actuaban como intermediarias encargadas de recibir y redistribuir los depósitos bancarios del dinero que recibían.
Según los peritajes tecnológicos que se realizaron, el soldado transfirió de manera desesperada sumas consecutivas por un total cercano a los $1.400.000, recurriendo a deudas familiares y préstamos privados.
“¿Con esto es suficiente? Ya estoy en la quiebra… literalmente”, fue uno de sus últimos mensajes enviados a las 18:44 antes de quitarse la vida en su garita de la residencia de Olivos con su arma reglamentaria.
En los fundamentos del tribunal para rechazar las apelaciones de las defensas, los jueces determinaron que la escala penal de los delitos imputados (asociación ilícita, extorsión reiterada e instigación al suicidio) prevé una condena de cumplimiento efectivo.
En el caso de Iara Ayelén Cosentino, el tribunal consideró que la falta de antecedentes penales y el arraigo familiar alegados por su defensa no bastaban para neutralizar el peligro de evasión debido a la magnitud de la estructura criminal que integraba.
Y al evaluar la situación de Karen Yael Cufré, los camaristas tildaron de “altamente significativo” y negativo el hecho de que coordinara la logística de la banda mientras se desempeñaba en el Centro de Monitoreo de la Municipalidad de Morón.
También se valoró la capacidad organizativa del grupo para captar y generar violencia psicológica virtual sobre víctimas indeterminadas utilizando la infraestructura carcelaria y soporte externo.
Al mismo tiempo, los jueces dijeron que el incesante acoso telefónico perpetrado por los delincuentes hacia Rodrigo Gómez se ejecutó mientras este cumplía funciones. Las presiones afectaron directamente su concentración y descansos obligatorios, vulnerando el servicio de seguridad federal en la Quinta Presidencial de Olivos.
Respecto a Erica Yamila Torres, el tribunal resolvió que su apelación había sido mal otorgada en primera instancia, dado que la defensa técnica intentó objetar la prisión preventiva mediante una vía procesal que no correspondía al régimen ordinario de excarcelaciones.



